Poco conocidos hechos sobre accidente de trabajo es todo suceso repentino que sobrevenga.
En los casos de enfermedad global o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la depreciación corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de cuota será del INSS o de la mutua.Debemos rememorar que ambas cuotas corren siempre a cargo del empresario, por lo que al trabajador nunca se le descuenta cantidad a